ART: ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES LABORALES

Si sufriste un accidente en tu lugar de trabajo o un accidente in itinere, no dudes en consultar con nosotros. Te representamos en tu reclamo laboral. 

Es importante que el cliente tenga en cuenta que se reclama contra la ART, por ello no afecta la relación con tu empleador.

¿Cómo actuar ante un accidente de trabajo?

Debe darle aviso a su empleador, quien le dará intervención a la ART que haya contratado.- Si no lo hiciera, usted puede denunciar el siniestro por sus propios medios, pero antes asesórese con OBRALIA.

¿Tengo un plazo para iniciar mi reclamo?

Si. El plazo de prescripción de la acción es de DOS AÑOS desde el alta médica, o bien desde la toma de conocimiento de la enfermedad profesional que lo aqueja. Es importante que de aviso cuando antes a su abogado.

¿En qué consisten las prestaciones otorgadas por la ART?

La ley establece dos tipos de prestaciones que deben ser otorgadas por la ART: médicas y dinerarias.

  • Las prestaciones médicas consisten en servicios y beneficios para asistir al trabajador, tales como: asistencia médica y farmacéutica; prótesis y ortopedia; rehabilitación; recalificación profesional y servicio funerario. Deben otorgarlas hasta su curación completa o mientras subsistan los síntomas incapacitantes.
  • Las prestaciones dinerarias por su parte, apuntan a cubrir la pérdida de los ingresos del trabajador por no poder concurrir a prestar tareas en virtud de su incapacidad. De esta manera, la ART debe brindar al trabajador una prestación dineraria mensual hasta que se le otorgue el alta o hasta que se cumplan dos años de su accidente.

¿Puede la ART rechazar un accidente o enfermedad profesional?

A partir de la recepción de la denuncia, la ART tiene un plazo de 10 días hábiles para rechazar el accidente o enfermedad profesional, pudiendo extender este plazo por otros 10 días hábiles, siempre que le notifique que hará uso de esta ampliación del plazo.

Si le rechazaron su accidente o enfermedad laboral, consúltenos.

En ese caso, deberemos presentarnos ante la Comisión Médica para iniciar el Trámite por Rechazo de la denuncia de la contingencia.

NO DUDES EN LLAMARNOS. TE ASESORAMOS A FIN DE QUE PUEDAS OBTENER EL RESARCIMIENTO QUE TE CORRESPONDE.